comscore Alquiler Departamento 1 dormitorio, 30m2, Interno, Santa Elena 300, Boca | Argenprop

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SANTA ELENA 300

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Alquiler en Boca, Capital Federal

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  • Departamento

    Departamento

  • 30 m²

    30 m²

  • 1 dormitorio

    1 dorm.

  • Interno

    Interno

  • 1 baño

    1 baño

(SBI-SBI-461) Departamento - Alquiler - Argentina, Capital Federal - SANTA ELENA AL 300


PH DE 2 AMBIENTES EN ALQUILER BARRACAS CAPITAL FEDERAL

Planta baja. Contrafrente. Buen estado. Luminoso. Compuesto por: Cocina Comedor, Dormitorio y Baño. El PH no posee agua caliente. La cocina es con gas envasado (garrafa) No hay gas natural. Sin expensas. 30 m2.

REQUISITO: 4 RECIBOS DE SUELDO CON ANTIGÜEDAD MINIMA DE 4 AÑOS + 1 MES DE ANTICIPO + 2 MESES DE DEPOSITO.



SBI Propiedades







Av. Alte. Brown 875 - CABA



LEY 2340 ARTICULO 11 - DERECHOS SON DERECHOS DE LOS CORREDORES INMOBILIARIOS: Inciso 2º: Percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. ARTICULO 57 Artículo 57 - Hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato LEY N° 3.588 Artículo 1°.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2°, y 57 de la Ley N° 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2°.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al Colegio único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales N° 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la Ley N° 757. Artículo 3°.- Comuníquese, etc.

Características

  • Cant. Ambientes: 2

  • Cant. Dormitorios: 1

  • Cant. Baños: 1

  • Estado: Bueno

  • Disposición: Interno

  • Orientación: O

  • Tipo de Unidad: Ph

  • Tipo de operación: Alquiler

  • Precio: $ 8.000

  • Sup. Cubierta: 30 m2

  • Calefacción
  • Cant. Pisos: 1

Código de aviso: SBI-SBI-461

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