Cnel. Artigas al 1600 Barrio La Comarca Gral Pacheco Prov. de Buenos Aires , La Comarca
Casa alquiler temporario 2da quincena de enero barrio la comarca gral. pacheco
Alquiler temporario de verano | 2.A quincena de enero barrio la comarca
casa en alquiler temporario para disfrutar del verano en un entorno tranquilo, con un muy lindo jardín con pileta, galería y parrilla.
En planta baja cuenta con:
living, comedor, sala de tv, cocina, comedor diario, playroom y toilette.
Desde la galería se disfruta del jardín, ideal para compartir momentos al aire libre.
En planta alta se encuentra la suite principal con baño y vestidor, dos dormitorios que comparten un baño completo y un escritorio.
Una casa cómoda y funcional, ideal para disfrutar en familia durante las vacaciones de verano.
Disponible segunda quincena de enero.
Consultanos para más información.
Las expensas están incluidas en el precio del alquiler!
Sobre el barrio!
Espacios sociales y deportivos
* club house
* sum (salón de usos múltiples)
* pileta / piscina comunitaria
* 2 canchas de tenis
* 1 cancha de fútbol sintético
* plaza de juegos para niños
* parrillas de uso común
naturaleza y servicios
* laguna central de 7,5 hectáreas (con lotes al agua)
* proveeduría / market interno dentro del barrio
* seguridad 24 horas con control de acceso
* servicios subterráneos completos: agua corriente, gas natural, luz y cloacas
corredor interviniente caba y pba : sebastián gonzales chaves cucicba 7716 - cmcpsi 6876
la tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley caba 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red keller williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones caba - cucicba
para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
ley 5859 art. 4:
para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.