USD 850
+ $190.000
expensas
Azcuenaga y Av Santa Fe
Departamento en Alquiler Temporal en Recoleta, Capital Federal
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50 m² cubie.
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1 dorm.
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40 años
Departamento en Alquiler Temporario
Disponible desde el 12 de marzo de 2026
excelente y amplio departamento de 52 mts totalmente remodelado a nuevo en edificio de gran categoría. Inmejorable ubicación en recoleta, muy cerca de las mejores clínicas y sanatorios, y a 50 mts de la famosa calle santa fe, ideal para poder recorrer los lugares más emblemáticos de buenos aires a pie.
Totalmente decorado y equipado. Dos equipos de aire acondicionado. Colchones hoteleros nuevos, ropa de cama premium.
Maravilloso jardín soleado para uso exclusivo de huéspedes del edificio!
El departamento es muy luminoso y silencioso. Cuenta con un amplio dormitorio con aire acondicionado y excelentes placares . Cama king size, o dos camas twin según preferencia. Colchones hoteleros y ropa de cama premium.
Baño completo en suite refaccionado a nuevo.
Living comedor equipado con aire acondicionado y smart tv de 43 pulgadas con servicio de cable y wifi de alta velocidad.
Sofa de tres cuerpos y sillon que se puede armar como una cama pequeña de una plaza, mesa y sillas para 4 personas.
Cocina abierta totalmente equipada, electrodomésticos nuevos.
Pequeño lavadero con lavarropas automático y tender.
Hay un excelente jardín soleado para uso exclusivo de los huéspedes del edificio.
Transportes cercanos
colectivos: 12, 29, 39, 41, 57, 60, 61, 62, 64, 68, 75, 95, 99, 101, 106, 109, 111, 118, 132, 140, 152, 188, 194
subtes (metro): córdoba (línea h), facultad de medicina (línea d), pueyrredon (línea d), santa fe (línea h)
más gastos de expensas ($190.000 aprox), internet, luz , gas y limpieza final.
Consultas: whatsapp +54 9
mas opciones en
nota importante: toda la información y medidas provistas son aproximadas y deberán ratificarse con la documentación pertinente y no compromete contractualmente a nuestra empresa. Fotografías no vinculantes ni contractuales.
Cucicba | ana marquis . Matrícula 9450
en caba, la obligatoriedad de las rampas en edificios está regulada por la ley 962 de 2002, que modifica el código de la edificación para garantizar la accesibilidad a personas con discapacidad o movilidad reducida. Esta normativa nacional y local exige la supresión de barreras arquitectónicas, estableciendo requisitos como anchos mínimos, pendientes máximas y la necesidad de pasamanos. Es un requisito no opcional para los edificios de propiedad horizontal.