Departamento, 3 ambientes en las cañitas
Reservado por 3 meses. Disponible nuevamente en noviembre 2026
departamento con muebles de 2 dorm. En torre con piscina piso 8 las cañitas
alquiler minimo 3 meses. Alquiler maximo 1 año.
Departamento en alquiler con muebles de tres ambientes muy luminoso, en un piso 8. Ubicado en arce y arguibel, en pleno corazón de las cañitas una de las zonas más buscadas de la ciudad por su excelente entorno y oferta gastronómica.
Descripción:
* living comedor con sofá, mesa para 4,
* dormitorio con cama doble con un pequeño vestidor y vista al campo de polo,
* segundo dormitorio con cama nido,
* baño completo con ducha,
* cocina independiente con todos electrodomésticos, heladera y lavarropas.
El edificio cuenta con:
* seguridad 24 horas
* pileta
* solarium
a pocos metros de av. Luis maría campos, cercano a los bosques de palermo y del campo argentino de polo, con excelente acceso a medios de transporte.
Alquiler minimo 3 meses. (Limpieza final a cargo del inquilino).
Alquiler maximo 1 año.
El precio es con expensas incluidas. Servicios a cargo del inquilino.
Corredor interviniente caba y pba : sebastián gonzales chaves cucicba 7716 - cmcpsi 6876
la tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley caba 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red keller williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones caba - cucicba
para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
ley 5859 art. 4:
para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.