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  • Las Cañitas

Alquiler Temporal

Departamento

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Dorm|Amb

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Características

Superficie cubierta

Cocheras

Baños

Antiguedad

  • Indistinto
  • A estrenar
  • Hasta 5 años
  • Hasta 10 años
  • Hasta 20 años
  • Hasta 30 años
  • Más de 30 años

Disposición

Nombre de calle y altura

Expensas

$

Tipo de urbanización

Servicios

Tipo de departamento

Tipos de ambientes

Tipo de anunciante

Tipo Destino

1 Departamentos en Alquiler Temporal en Las Cañitas

1/21
Visto

0

$ 1.200 + $350.000 expensas

Soldado de la Independencia y T. García - Alquiler

Departamento en Alquiler Temporal en Las Cañitas, Palermo

Keller Williams San Isidro -Sebastian Gonzales Chaves CMCPSI 6876  CUCICBA 7716
  • 55 m² cubie.
  • A Estrenar
  • 1 baño

Departamento en Alquiler

Una cuadra de mucha tranquilidad en una zona super bien conectada con el barrio, con medios de transporte y con el ingreso o egreso de la ciudad. Ideal para disfrutar la vida citadina que ofrece cañitas. El departamento está impecable, es cómodo y el edificio está en un muy buen estado de mantenimiento. Con amenities funcionales y cómodos. Corredor interviniente caba y pba : sebastián gonzales chaves cucicba 7716 - cmcpsi 6876 la tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley caba 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red keller williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria. Locaciones caba - cucicba para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión ley 5859 art. 4: para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.

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