$ 2.000.000
+ $610.000
expensas
Amenábar 1100
Departamento en Alquiler en Belgrano, Capital Federal
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107 m² cubie.
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3 dorm.
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40 años
Departamento en venta, 5 ambientes en Belgrano, apto crédito
Amenábar 1100, entre zabala y céspedes, belgrano.
Semipiso en dúplex muy luminoso, últimos dos pisos al frente, superficie: 135,41 m2 totales. Cuenta con 2 balcones decorridos .
Orientación n-o, cochera cubierta fija en planta baja, baulera en sótano, excelente calidad constructiva, antiguedad 40 años.
Planta en 8 piso: doble entrada, por palier privado y de servicio, living comedor de 8,00 m x 3,60 m, balcón corrido de 8,30 m x 1,20 m con parrilla completa, dos dormitorios, baño completo con bañera y ducha,
amplia cocina-comedor diario y lavadero independiente.
2da baulera en entrepiso.
Planta en 9 piso: amplio dormitorio en suite con vestidor, baño completo con bañera y ducha, y 4to. Dormitorio/escritorio, y balcón corrido de 8,00 m x 1,25 m.
Servicios individuales: splits frío-calor, agua caliente mediante termotanque a gas independiente para cada piso. Servicio central: losa radiante.
Condiciones para el alquiler: contrato en pesos con ajustes trimestrales ipc. 1 mes de adelanto, 1 mes deposito garantia. Seguro de caución o garantía propietaria, más gastos y servicios.
Demostración de ingresos.
Corredor interviniente caba y pba : sebastián gonzales chaves cucicba 7716 - cmcpsi 6876
la tasación, intermediación y la conclusión de las operaciones sobre esta propiedad son actividades exclusivas de este corredor matriculado, conforme las previsiones de la ley 20.266, la ley caba 2340, la ley provincial 10.973 y sus modificaciones y las normas reglamentarias dictadas por los colegios departamentales. Las oficinas asociadas a la red keller williams actúan en forma independiente, brindando servicios a corredores, agentes y al público en general, y su intervención se limita a la prestación de servicios inmobiliarios que no incluyen actos de corretaje ni intermediación inmobiliaria.
Locaciones caba - cucicba
para los casos de locación de inmuebles con destino habitacional en los que el locatario sea una persona física, queda expresamente prohibido requerir y/o percibir, mediante cualquier forma de pago, comisiones inmobiliarias y/u honorarios por la intermediación o corretaje a locatarios, sublocatarios y/o continuadores de la posesión
ley 5859 art. 4:
para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.