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  • Caballito

Alquiler

Departamento

USD hasta 200K

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Características

Superficie cubierta

Cocheras

Baños

Antiguedad

  • Indistinto
  • A estrenar
  • Hasta 5 años
  • Hasta 10 años
  • Hasta 20 años
  • Hasta 30 años
  • Más de 30 años

Disposición

Nombre de calle y altura

Expensas

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Tipo de urbanización

Servicios

Tipo de departamento

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Tipos de ambientes

Tipo de anunciante

3 Duplex en Alquiler en Caballito

1/14
Visto

320

$ 850.000 + $142.000 expensas

Federico Garcia Lorca 74 , Piso 8

Departamento en Alquiler en Caballito, Capital Federal

Maria linkoniene
  • 74 m² cubie.
  • 2 dorm.
  • 40 años

DUPLEX EXCELENTE , 3 AMB AL FRENTE

[Linkoniene-246] duplex living comedor , cocina comedor, lavadero incorporado y balcón semi cubierto , dos dormitorios y baño completo en la planta alta. En impecable estado , puerta blindada, inmejorable ubicación , bajas expensas.- 1 mes de depoisito 1 mes adelantado seguro de caución actualiza trimestralmente por icl servicios: cloacas, gas otros servicios: balcón terraza depósito (meses): 1 impuestos a cargo de: inquilino agua a cargo de: inquilino una empresa que crece pensando en ud. Piensa en ud. Cuando le brinda la tasación real dentro del mercado de su inmueble destinado a locación . En el cual ud. No es solo un cliente sino el cliente. Legales ley n° 2.340 artículo 11°.- Son derechos de los corredores inmobiliarios: inciso 2°: percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. Ley n° 3.588 artículo 1°.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2°, y 57 de la ley n° 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2°.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al colegio único de corredores inmobiliarios de la ciudad autónoma de buenos aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales n° 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la ley n° 757 artículo 3°.- Comuníquese, etc. Ley n° 5.859 artículo 4°.- Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato.

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$ 700.000 + $86.033 expensas

Fragata Presidente Sarmiento 1500

Departamento en Alquiler en Caballito, Capital Federal

REMAX RIO
  • 40 m² cubie.
  • 1 dorm.
  • 3 años

ALQUILER DEPTO EN DÚPLEX 2 AMBIENTES EN CABALLITO

Corredor responsable: andrea oliveri csi 6401 / cucicba 7190 - contacto: antonela diorio equipo remax alquila departamento en dúplex de 2 ambientes en caballito. Ubicado en la calle fragata sarmiento al 1500, en caballito, a dos cuadras de juan b. Justo y san martín. Primera planta: cocina comedor, con gran ventanal al balcón con vista abierta al frente, escritorio y baño completo. Segunda planta: amplio dormitorio con aire acondicionado y espacio de guardado, con gran ventanal a la terraza de uso exclusivo, donde se puede poner una parrilla (no incluye parrilla de la foto) y lavadero. Súper luminoso. Expensas con vencimiento en febrero 2026: $86.033 rau s.R.L. No ejerce el corretaje inmobiliario. El presente sitio web es una plataforma en donde cada oficina inmobiliaria independiente que contrata los servicios re/max puede publicar las propiedades a su cargo. Cada oficina es de propiedad y gestión independiente, por lo que rau s.R.L. No interviene en los datos de la publicación, en la operación inmobiliaria, ni en la confección y/o firma del boleto de compraventa y/o escritura y/o contrato de alquiler. En cumplimiento de las leyes vigentes que regulan el corretaje inmobiliario, ley nacional 25.028, ley 22.802 de lealtad comercial, ley 24.240 de defensa al consumidor, las normas del código civil y comercial de la nación y constitucionales, los agentes/gestores no ejercen el corretaje inmobiliario. Todas las operaciones inmobiliarias son objeto de intermediación y conclusión por parte del corredor público inmobiliario colegiado a cargo de la publicación, cuyos datos se exhiben en la presente. La presente publicación describe las características esenciales del inmueble, debiéndose consultar al corredor público inmobiliario responsable de la operación por la eventual actualización de las medidas, descripciones arquitectónicas y funcionales, valores de expensas, servicios, impuestos, precios y demás información, cuyos valores son aproximados. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes. El inmueble no es accesible para personas con discapacidades físicas.

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