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Operación

PH

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Dorm | Monoambiente

Dormitorios

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Características

Superficie cubierta

Cocheras

Baños

Antiguedad

  • Indistinto
  • A estrenar
  • Hasta 5 años
  • Hasta 10 años
  • Hasta 20 años
  • Hasta 30 años
  • Más de 30 años

Nombre de calle y altura

Expensas

$

Servicios

Tipos de ambientes

Tipo de anunciante

6 PH en Boca, Capital Federal de monoambiente

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Visto

13

USD 52.000 + $20.000 expensas

Brandsen al 1100

PH en Venta en Boca, Capital Federal

Grupo Perez Servicios Inmobiliarios
  • 36 m² cubie.
  • 60 años
  • 1 baño

PH 36 m2 en la Boca Venta.

Ph de 2 ambientes en la boca 36 m2 cubiertos segundo piso por escalera estado general muy bueno cocina renovada recientemente todos los ambientes cuentan con ventilación al exterior expensas de $20.000 mensuales (enero 2026) terraza de uso común en excelente estado zona con muy buena conectividad y crecimiento. Apto crédito hipotecario. Las superficies y medidas consignadas son aproximadas, a título orientativo y surgirán del respectivo título y/o plano. Marcelo g pérez cucicba n6644 los datos contenidos en la presente publicación (incluyendo, sin carácter taxativo, precios, medidas, superficies e imágenes) tienen un carácter meramente informativo y orientativo, y no constituyen oferta ni generan obligación contractual alguna para grupo perez servicios inmobiliarios s.A. En consecuencia, grupo perez servicios inmobiliarios s.A. No asume responsabilidad alguna por el uso indebido, incorrecto o ilícito de la información aquí publicada, ni garantiza, en forma expresa o implícita, la exactitud, integridad o actualización de los datos consignados. Toda la información deberá ser verificada por el interesado mediante la correspondiente documentación respaldatoria y/o registral. Asimismo, la información contenida en esta publicación podrá ser modificada sin previo aviso. Queda expresamente prohibida la reproducción total o parcial de este contenido, por cualquier medio, sin la previa autorización por escrito de grupo perez servicios inmobiliarios s.A. Cucicba mat. N.O 6644 marcelo perez.

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Visto

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$ 450.000

Alvar Núñez 300, Piso PB

PH en Alquiler en Boca, Capital Federal

SBI PROPIEDADES
  • 30 m² cubie.
  • 1 dorm.
  • 10 años

Alquiler PH interno 1 ambiente - La Boca

Ph de 2 ambientes en alquiler la boca capital federal ph en planta baja, interno. Compuesto por: cocina comedor, un ambiente muy amplio y baño. Luminoso y aireado. Buen estado. A 300 mtrs de av. Reg. Patricios, por donde circulan varias líneas de colectivos. Sin expensas. Requisitos: garantía + recibo de sueldo + 1 meses de deposito + 1 mes de anticipo a la fuerza de seguridad alquilamos con recibos de sueldo como garantía ley 2340 articulo 11 - derechos son derechos de los corredores inmobiliarios: inciso 2º: percibir honorarios por la actividad realizada y comisiones de su comitente según la retribución que libremente pacten y, de quien resulte contratante, la que se establezca por la ley. En el caso de tratarse de alquiler de inmuebles destinados a vivienda administrados por un corredor inmobiliario, el monto de los honorarios mensuales no podrá ser exigido a los inquilinos. Articulo 57 artículo 57 - hasta tanto se regulen los aranceles según lo previsto en el inciso 2º del artículo 11, para los casos de locación de inmuebles destinados a vivienda única, el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino, será el equivalente al cuatro, quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato ley nº 3.588 artículo 1º.- Los corredores inmobiliarios deben exhibir en forma visible y destacada en los locales u oficinas comerciales en que desarrollen sus actividades -así como en su sitio web, si lo tuvieran- la transcripción de los artículos 11, inciso 2º, y 57 de la ley nº 2.340, y de las normas nacionales aplicables en la materia, o las que en el futuro las reemplacen. Artículo 2º.- Sin perjuicio de las facultades conferidas por ley al colegio único de corredores inmobiliarios de la ciudad autónoma de buenos aires, las infracciones a la presente ley son pasibles de las sanciones previstas por las leyes nacionales nº 22.802 y 24.240, según el caso, a través del procedimiento establecido por la ley nº 757. Artículo 3º.- Comuníquese, etc. Art.4 de la ley 5.859 de c.A.B.A.: Como inciso 8 del artículo 10 de la ley 2340 (texto consolidado según ley nº 5666) el siguiente texto: hacer constar en todo ofrecimiento publicitario de locación de inmuebles con destino habitacional que se emita vía páginas web, propias o de terceros, la siguiente leyenda: "para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-

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