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Características

Superficie total

Superficie cubierta

Cocheras

Antiguedad

  • Indistinto
  • A estrenar
  • Hasta 5 años
  • Hasta 10 años
  • Hasta 20 años
  • Hasta 30 años
  • Más de 30 años

Nombre de calle y altura

Expensas

$

Tipo de urbanización

Servicios

Tipo de anunciante

2 Oficinas en Alquiler en Botanico, Palermo

1/20
Visto

0

USD 1.600 + $290.000 expensas

Av Santa Fe al 4000

Oficina en Alquiler en Botanico, Palermo

Maure Inmobiliaria
  • 2 baños
  • 60 años
  • 4 ambientes

Oficina en alquiler de 131 m2 en esquina frente al Botánico

Oficina o consultorio de 3 despachos en alquiler en palermo. Con vista al botánico. Sexto piso al frente, en esquina de av santa fe y gurruchaga. Muy bien ubicada. La unidad se encuentra totalmente reciclada en excelente estado. Pisos de parquet blacón francés dos baños, cocina amplia y moderna. Todo eléctrico, no cuenta con gas. No cuenta con sistema de calefacción. Agua caliente individual por calefón no cuenta con aire acondicionado el alquiler es más expensas y servicios. Abl a cargo del locador requisitos y condiciones de alquiler: contrato a dos años en dólares más expensas y servicios. Ajuste anual dos meses de depósito un mes más iva de honorarios. Presentar ingresos comprobables a corde al alquiler y expensas y garantía propietaria de caba maure inmobiliaria - cucicba matrícula no 2388 artículo 4 ley 2340- ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del estado que se crea por esta ley. Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles artículo 1o.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas. Artículo 2o.- Los avisos mencionados en el art. 1 incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible" art. 10 de ley 2340 para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes.-

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